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Amérique latine : mémoires et histoires nationales

La «transición a la democracia» en la Argentina frente a las cristalizaciones de la memoria

Marina Franco
p. 115-131

Resumos

Este artículo estudia el proceso de transición a la democracia en Argentina que se desarrolla entre el fin de la última dictadura militar (1976-1983) y los primeros tiempos del gobierno constitucional de Raúl Alfonsín. Nuestro enfoque está centrado en el problema de las violaciones a los derechos humanos cometidas por las Fuerzas Armadas con el objetivo de analizar el proceso que llevó a los juicios de los responsables.

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Introducción

  • 1 Sobre la noción de «transición a la democracia» como horizonte de expectativas y como concepto de (...)

1El proceso de «transición a la democracia» en la Argentina es recordado por su ruptura con el régimen dictatorial (1976-1983) y, especialmente, por la investigación y juzgamiento de los comandantes militares, máximos responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura1. En el contexto latinoamericano, ese juzgamiento y la ruptura con el régimen previo y la no negociación de condiciones de impunidad para los militares es considerado un ejemplo de «justicia transicional».

  • 2 O’Donnell, G., Schmitter; Ph., Whitehead, L., Transiciones desde un gobierno autoritario. América (...)

2En efecto, la transición argentina tuvo elementos fundamentales que la distinguen de los países de la región por variables históricas que permitieron una transición «por colapso» debido al derrumbe del régimen militar y la no negociación de condiciones de impunidad y/o permanencia en enclaves de poder para las Fuerzas Armadas2.

  • 3 Novaro, M., Palermo, V., La dictadura militar 1976-1983, Buenos Aires, Paidós, 2003; González Bomb (...)
  • 4 Aboy Carlés, G., Las dos fronteras de la democracia argentina. La redefinición de las identidades (...)

3Los cientistas sociales que han analizado el proceso desde el ángulo de los derechos humanos han enfatizado que hacia el fin del régimen se expandió un rápido clima antidictatorial fuertemente centrado en el rechazo masivo de los crímenes y del terrorismo de estado3. En igual sentido, es recordada la voluntad política de Raúl Alfonsín – presidente electo en 1983, de la Unión Cívica Radical (UCR) – en cuanto a la necesidad de investigar y juzgar los crímenes militares como base imprescindible de reconstitución ética de la nueva democracia4.

4Si bien las características diferenciales del caso argentino son innegables, así como también el carácter éticamente deseable de un proceso que llevó al juzgamiento de crímenes aberrantes, nos interesa llamar la atención sobre algunos elementos de ese proceso que fueron construyendo las condiciones para el quiebre, que no estaba dado de antemano en términos de una voluntad o interés político generalizado de justicia e investigación, así como relativizar el carácter de ruptura taxativa para ciertos aspectos.

  • 5 Son excepciones parciales Acuña, C. y Smulovitz, C., «Militares en la transición argentina: del go (...)

5El hecho de que el proceso argentino sea considerado ejemplar en términos de una temprana «justicia» y «verdad» sobre los crímenes ha desdibujado en la memoria social, y en los relatos académicos, buena parte de la contingencia histórica, de las relaciones de fuerza cambiantes que llevaron a ese desenlace5, así como un amplio abanico de elementos de continuidad en cuanto a las representaciones sociales y políticas sobre lo sucedido en la Argentina en los años 70.

6Con ese objetivo, este artículo revisa algunos momentos importantes de la etapa final del régimen dictatorial así como algunos momentos iniciales del nuevo régimen democrático, es decir, el período amplio que va desde fines de 1982 hasta el célebre «Juicio a las Juntas» en 1985, centrando la atención en cómo fue negociado, discutido y encauzado el problema de los crímenes estatales.

El «problema de los desaparecidos»

  • 6 Quiroga, H., El tiempo del proceso. Conflictos y coincidencias entre políticos y militares, 1976-1 (...)

7La derrota en la guerra de Malvinas en junio de 1982, en el marco de una gravísima crisis interna de la Junta Militar y de una situación económica y social crítica, se considera el inicio del fin de la dictadura. En noviembre, la Junta anunció su intención de «concertar» con los partidos políticos la salida electoral y las condiciones para el futuro «proceso de institucionalización», e indicó que estaba en estudio una amnistía. Entre las condiciones de esa concertación se establecían como innegociables el tema de los desaparecidos, la lucha contra la subversión y la presencia de las Fuerzas Armadas en el próximo gobierno. Las fuerzas políticas, que desde 1981 estaban reunidas en una Multipartidaria que agrupaba a los principales partidos en un bloque opositor, se negaron a concertar si ello implicaba acordar condicionamientos al nuevo proceso democrático. Entre sus exigencias figuraban la salida electoral no condicionada y la revisión de la política económica; sin embargo, la condena a las violaciones a los derechos humanos no ocupaba un lugar central en sus reclamos6.

  • 7 Galante, J., El «juicio a las juntas militares». Derechos humanos, memoria y ciudadanía en la arge (...)

8Los partidos coincidían en la necesidad de «evitar un Núremberg» y sostenían que el «problema de los desaparecidos» debía ser resuelto por el gobierno militar para que no afectara la estabilidad del futuro gobierno democrático y que las Fuerzas Armadas debían publicar las listas de muertos (TA, 22/11/83). Sin embargo, las posiciones partidarias eran muy diversas; una de las más intransigentes era la de Alfonsín, quien sostenía que los crímenes debían ser investigados y juzgados. Para entonces, el dirigente radical – aconsejado por juristas especializados – comenzaba a sostener que la forma de justicia a implementar debía respetar un esquema de grados de responsabilidad que distinguiera entre quienes habían dado las órdenes, quienes las habían cumplido estrictamente y quienes se habían excedido en su cumplimiento7.

  • 8 Feld, C., Franco, M., «Democracia y derechos humanos en 1984 ¿“hora cero”?», in Feld, C. y Franco, (...)

9Mientras tanto, en la prensa se sucedían las noticias sobre el descubrimiento de enterramientos clandestinos y de cuerpos no identificados en diversos cementerios del país y algunos jueces –tomando posiciones con alguna independencia de las Fuerzas Armadas– comenzaron a investigar el tema (TA, 20/11/83, 26/11/83 y ss). Más allá de los límites con que se hicieran esas investigaciones, esto supone que en la prensa de la época empezaba a circular un caudal de información acotado pero visible sobre las víctimas de la represión. Sin embargo, la presentación de esas noticias tampoco llegara a construir la idea de que se trataba víctimas de alguna forma de represión sistemática, ni menos permitía reconstruir la dimensión de lo sucedido8.

  • 9 En 1989 y 1990, el presidente justicialista Carlos Menem decretó una serie de indultos que liberar (...)
  • 10 Bonnin, J. E., «Los discursos sobre la «reconciliación»: variaciones en torno al perdón, la verdad (...)

10Ante el fracaso de la concertación, la Iglesia Católica fue erigida como agente de mediación entre los partidos y la Junta Militar para avanzar en la «reconciliación». La tarea suponía propiciar negociaciones para «superar las secuelas de la lucha contra la subversión que operan como factor de desencuentro» (TA, 11/12/83). El término reconciliación está hoy asociado en la Argentina con las políticas de impunidad e indulto llevadas adelante durante los años 90 por la gestión del presidente justicialista Carlos Menem9. Sin embargo, lejos de ese esquema, en los años 80 la reconciliación aparecía como un objetivo deseable para un gran abanico de actores políticos y con contenidos tan diversos como la justicia y la verdad como condiciones de esa reconciliación10. De hecho, la propia jerarquía de la Iglesia Católica – activa sostén del régimen dictatorial desde 1976 – declaraba en 1982 que la reconciliación sólo podía darse si había verdad y arrepentimiento y perdón por los pecados cometidos (TA, 24/11/83). Así, la Iglesia Católica empezaba por entonces – en pleno clima antidictatorial y ante la inminente transición – a distanciarse de sus aliados militares. En ese sentido, sostenía la Iglesia, la amnistía podía ser una salida y sería aceptable para la dirigencia política si desde el poder se daba una explicación y se rechazaban los métodos empleados y si los civiles dejaban a un lado sus intereses aun si eran legítimos (TA, 24/11/83). En ese contexto, desde el partido radical se señalaba que la amnistía era «necesaria» pero que su aceptación estaba condicionada a un «previo esclarecimiento y conocimiento» de lo sucedido con los desaparecidos (TA, 30/11/83). En esos días, ante la dura represión de una manifestación convocada por la Multipartidaria, ésta dio a conocer un documento denunciando la profundidad de la crisis económica y moral que vivía el país y la necesidad de una pronta democratización. Sus exigencias sobre las violaciones a los derechos humanos llegaban a enfatizar «la actitud esquiva [del gobierno] ante la necesidad de una franca solución a la cuestión de los desaparecidos». (TA, 17/12/83). Alfonsín, en ese marco, aparecía siempre como la figura más firme de rechazo:

… No hay que mirar con un sentido de venganza pero tampoco construir la democracia sobre la base de una claudicación moral. Estoy totalmente de acuerdo con el Episcopado cuando llama a la reconciliación, pero no sobre la base de un manto de olvido, sino sobre la verdad, el sinceramiento, la justicia y la reparación. (TA, 12/12/83)

  • 11 Tiempo Argentino comenzó a salir en noviembre de 1982, se definió como «católico» y respetuoso de (...)

11Por su parte, los partidos comenzaban a organizar la reafiliación de sus miembros y las elecciones internas con vistas a dirimir los candidatos presidenciales. El diario Tiempo Argentino11 lanzó una encuesta electoral entre los jóvenes de 17 a 27 años que iban a votar por primera vez. Más allá de los límites con que pueda tratarse una encuesta de opinión como fuente histórica, los resultados no dejan de ser elocuentes en cuanto a la escasísima presencia y preocupación por el tema de los crímenes dictatoriales: para este periódico – altamente sensible al tema de los derechos humanos –, sobre 2754 jóvenes encuestados, sólo el 4,61% manifestó la necesidad de investigar diversos «ilícitos» cometidos durante la dictadura, entre otros, «los desaparecidos» (TA, 11/3/83).

12Así, hacia fines de 1982, el debate público y político sobre los crímenes represivos estaba acotado al «problema de los desaparecidos» como cuestión a resolver para garantizar la transición. Por lo tanto, salvo parcialmente en Alfonsín, no había en los principales enunciadores políticos de época un discurso global sobre la represión o una condena sistemática de la dictadura por sus acciones criminales, en todo caso, su mención formaba parte de una objeción más amplia a la gravísima situación económica y a los aspectos oscuros de la guerra de Malvinas. En el seno de los organismos de derechos humanos, la denuncia de la represión llevaba años tomando forma al denunciar «el genocidio» o «el terrorismo de estado» como represión sistemática y generalizada, pero ello aún no permeaba el debate público e incluso los organismos no eran en 1982 figuras de alta legitimidad política, sino «partes interesadas» y, a veces, fuertemente sospechadas por sus vínculos con los terroristas. De esta manera, la reconciliación aparecía como un horizonte posible y la exigencia de una salida provenía de las expectativas de que hubiera alguna forma de respuesta gubernamental sobre la suerte corrida por los desaparecidos. Ante la imposibilidad empírica de medir la presencia o la preocupación social sobre el tema, los indicios – tomados con la cautela que merecen – parecen indicar – al menos para las franjas jóvenes de la población – un escasísimo interés en el tema. Las preocupaciones de la coyuntura parecen colocadas en la urgencia de la situación socioeconómica y en un clima de repudio más genérico del orden dado.

La palabra final de las Fuerzas Armadas

13La «explicación posible» sobre los desaparecidos que la Junta Militar había prometido llegó finalmente en abril de 1983. Fue parte de un conjunto de disposiciones legales tendientes a cerrar el problema de las “secuelas de la lucha antisubversiva” y proteger a las Fuerzas Armadas de las eventuales consecuencias judiciales por la represión realizada.

14Un «Documento final de la Junta Militar sobre la guerra contra la subversión y el terrorismo» (DF) fue difundido el 22 abril de 1983. Fue presentado como la palabra oficial sobre el tema de los desaparecidos, pero lejos de la esperada «verdad», el gobierno militar ratificaba allí lo actuado en la lucha antisubversiva, reconocía haber cometido «excesos y errores» durante su desarrollo y ratificaba su convicción de volver a hacerlo si era necesario. El documento dejaba en claro que los desaparecidos estaban muertos y decía ser «todo cuanto la Junta Militar tiene para informar», y se dio a conocer junto con un Acta Institucional que establecía:

Todas las operaciones contra la subversión y el terrorismo llevadas a cabo por Fuerzas Armadas (…) fueron ejecutadas conforme a planes aprobados y supervisados por los mandos superiores orgánicos de las Fuerzas Armadas y de la Junta Militar a partir del momento de su constitución. (Anales de la Legislación Argentina, XLIII- B1253)

15Como señalaron muchos observadores de época, el documento y el acta equivalían a un reconocimiento de responsabilidades por los crímenes cometidos y, al mismo tiempo, un cierre cohesivo en torno a la máxima autoridad militar como responsable.

16Es importante señalar que para 1983 las organizaciones de derechos humanos conservaban amplias expectativas – en particular los grupos de familiares de víctimas, como Madres y Abuelas de Plaza de Mayo – de que los desaparecidos estuvieran con vida, así como de recuperar a los bebés y niños nacidos en cautiverio y/o secuestrados con sus padres. Así, por ejemplo, en marzo de 1983, una de las principales organizaciones de derechos humanos, la APDH (Asociación Permanente de Derechos Humanos), ante la inminencia de la difusión del DF exigía «por la vida» a la Junta Militar que entregara a los niños desparecidos al Episcopado para que éste los restituyera a sus familias, pedía «por la verdad» que entregaran la información sobre los desaparecidos, y «por la justicia» que nada impidiera la intervención de la justicia civil (Clarín, 23/3/83).

17El DF fue repudiado de manera generalizada por ser «insuficiente» para lograr la reconciliación nacional; la lucha antisubversiva allí defendida no era objetada, pero sí sus métodos. Algunas opiniones señalaron:

Ningún argentino responsable y sensato puede soslayar su repudio [de la subversión] ni tampoco dejar de apoyar a las Fuerzas Armadas de la Constitución en esa emergencia. (…) Pero ello no implica que queden cerrados los ámbitos de la justicia. [no habrá reconciliación] si no existen las suficientes respuestas dignas para quienes quieran recurrir a los jueces de la Constitución para cada una de sus angustias. (Juan Trilla, UCR, Clarín, 29/4/83)

La información que cabía esperar no es la que ha dado el gobierno (…) sin esa información previa, que obviamente deben suministrar las Fuerzas Armadas, es imposible que la civilidad defina una posición, absolutoria o condenatoria (…) Ello impondrá al futuro gobierno constitucional (…) el pasado lastre de indagar la verdad. (Antonio Cafiero, Partido Justicialista, Clarín, 29/4/83)

18A diferencia de cómo suele ser analizado hoy el DF – como la mera ratificación de la convicción militar en la lucha antisubversiva y de su triunfo en una guerra necesaria contra el marxismo –, las declaraciones mencionadas sugieren que había cierta expectativa en que el mensaje arrojara alguna información real sobre la situación de los desaparecidos y las listas de víctimas de la represión. En cambio, la Junta Militar optó por cerrar cualquier vía de negociación ratificando lo actuado. Las reacciones de la oposición política parecen indicar que esa actitud pudo haber llevado al endurecimiento de las posiciones partidarias en cuanto a cómo resolver el problema de los desaparecidos y las cuentas a exigir a las Fuerzas Armadas. En efecto, no existía una decisión o convicción generalizada en favor de que los responsables de los crímenes debían ser llevados a la justicia y a la justicia ordinaria – posición que fue creciendo lentamente en los organismos de derechos humanos, algunas fracciones partidarias, y en especial, Alfonsín y su equipo de asesores jurídicos –. Así, el análisis de la coyuntura sugiere que el DF y el Acta institucional cerraron fuertemente las posibilidades de que el proceso de transición se encausara por alguna vía de negociación imaginable a partir de la entrega de información. Por ello, el horizonte de una «justicia ejemplificadora» que terminará de dibujar la gestión radical a partir de su triunfo en las urnas no debe verse como la mera consecuencia del derrumbe de las Fuerzas Armadas en el poder y de su debilidad para negociar condiciones favorables de transición o de la convicción alfonsinista de justicia, sino, también, como resultado de la dureza de la posición militar y del cierre a cualquier otra vía alternativa, que fue legitimando las posiciones políticas más intransigentes y las del movimiento humanitario. Aún así, tampoco estaba claro para la mayoría del espectro político que el encauzamiento pudiera o debiera hacerse por la vida judicial y en democracia.

19En los meses siguientes se sucedieron los hallazgos macabros sobre crímenes producidos durante la represión y creció la cantidad de denuncias judiciales. En ese contexto, Alfonsín denunció la represión:

En ese momento [1976] quienes estábamos por la democracia y contra la subversión afirmamos que no se la podía combatir aplicando sus mismos métodos. Dijimos que al prescindir de la ley y de la justicia quizás se destruyera la subversión pero que también se sacrificarían inocentes y se destruirían las instituciones del país. Pero se combatió al demonio con las armas del demonio. Y sucedió lo inevitable: la Argentina fue un infierno. (Clarín, 26/6/83)

  • 12 Jelín, E., «Certezas, incertidumbres y búsquedas: el movimiento de derechos humanos en la transici (...)

20En boca de uno de los más enfáticos críticos de la represión estatal, la cita muestra la aceptación generalizada sobre la subversión como enemigo a combatir y como causa del ciclo de violencia extrema vivido por el país. En igual sentido, a excepción de algunos organismos de derechos humanos que tenían una visión más orgánica sobre los crímenes y lo que comenzaban a llamar «terrorismo de estado», en el resto del espectro político y en la esfera pública no había una visión de conjunto que diera cuenta del carácter sistemático y orgánico de la represión ni de sus alcances. Como aducían los propios organismos hacia el final de la dictadura, ellos tampoco sabían que estaban ante una “cosa gigantesca» y no ante muchos casos individuales12.

  • 13 Se trata de un conjunto de documentos muy grande hallado en octubre de 2013 y que comprende las Ac (...)
  • 14 Franco, M., «El complejo escenario de la disolución del poder militar en la Argentina: la autoamni (...)

21En septiembre de 1983, a un mes de las elecciones presidenciales, la Junta Militar dio a conocer la llamada «Ley de Pacificación» (Ley 22.924, 22/9/83) cuyo contenido era el de una amnistía doble tanto para militares como para delitos cometidos con «finalidad terrorista». Su objetivo real era una autoamnistía para los miembros de la corporación militar responsables de la represión. La disposición aprobada restringía fuertemente su alcance al «bando subversivo» porque excluía a los residentes en el exterior, donde estaba la mayoría de los militantes políticos de las organizaciones armadas – ya fuera porque habían logrado huir o porque habían sido liberados desde la cárcel o de centros clandestinos de detención –. A pesar de que la amnistía es recordaba por la oposición política que produjo, el reciente hallazgo de una amplia documentación militar13 muestra que su sanción tuvo graves obstáculos intramilitares. Por un lado, debido a la durísima posición de una parte de la Marina y del Ejército a cualquier forma de amnistía, dado que consideraban que no había actos que requirieran perdón alguno; esos sectores sostenían que habían cumplido con su deber y habían salvado a la nación. Paralelamente, esos grupos también se oponían a que la amnistía incluyera a los subversivos – es decir, que fuera amplia y doble, requisito para su viabilidad jurídica –. Por último, la creciente activación de las causas judiciales contra militares en 1983 hacía que la institución castrense estuviera sometida a la presión explícita de sus propios miembros ansiosos de un instrumento jurídico que los protegiera. Producto de estas tensiones la amnistía se demoró varios meses y estuvo a punto de no ser aprobada. Finalmente, fue acordada gracias a la máxima restricción en sus alcances para el bando subversivo y la maximización de beneficios para los militares14.

  • 15 Sobre la importancia de las conflictos intramilitares a lo largo de la dictadura y la cohesión en (...)

22Estos conflictos intramilitares dejan en evidencia que el obstáculo para la ley fue el peso de la profunda convicción ideológica y del espíritu de cruzada con que se llevó adelante la represión. Su aprobación ponía en cuestión aquella única convicción que había permitido a las Fuerzas Armadas resistir cohesionadas a pesar de los innumerables conflictos internos y que había sido el sustento fundamental del régimen: la lucha antisubversiva15. Es definitiva, como denunciaba la Marina, la ley los ponía en igualdad de condiciones con sus enemigos y suponía que alguna responsabilidad a ser perdonada tenían.

23Durante el proceso de gestación de la ley los partidos no intentaron constituirse en un obstáculo o en una presión que obligara a alguna forma de negociación. Es cierto que las Fuerzas Armadas habían cerrado los canales de diálogo a partir del DF, pero ante la auténtica urgencia por contar con autoamnistía no es impensable que algo hubieran podido negociar y/o los partidos exigir. Según sabemos, aunque los partidos fueron consultados no negociaron condición alguna, por ejemplo, no exigieron información sobre los desaparecidos, ni la liberación de presos políticos o el regreso de exiliados. Probablemente, esto se debe a que poco podían estar de acuerdo esos partidos políticos tradicionales y protagonistas de la transición con la liberación de los terroristas de antaño por cuya represión todos habían aceptado la lucha antisubversiva y cuyo regreso al país muchos veían como un riesgo para la democraciaincluso dentro del propio peronismo, que contaba entre sus filas con miles de desaparecidos, exiliados y presos –.

  • 16 Estas consideraciones generales excluyen la crítica sustantiva de los organismos de derechos human (...)

24La ley provocó un amplísimo rechazo público. La mayoría de las opiniones convergían en que los militares no podían amnistiarse a sí mismos y que si había amnistía debería decidirla un próximo congreso luego de las elecciones. Algunas opiniones también sumaban a su rechazo el hecho de que se amnistiase a los subversivos, con el precedente de que una amnistía previa, la de 1973, había liberado a presos políticos que luego habían continuado sus acciones en el marco de las organizaciones insurreccionales – por tanto, la impugnación no recaía sólo contra los crímenes militares sino también sobre «el otro bando» (cf. La Voz, 31/8/83, La Nación, 24/9/83) –. Otras voces rechazaban la amnistía para los «excesos» de la lucha antisubversiva, es decir que el pedido eventual de justicia no suponía una construcción del problema en términos de crímenes masivos de Estado, sino solo una «desviación» de una agencia del Estado excedida en sus funciones. Alfonsín, por su parte, señaló que la ley sería derogada en el nuevo gobierno (Clarín, 24/9/83)16.

25Todos estos elementos indican que, al menos como hipótesis a indagar, no debería confundirse el generalizado clima antidictatorial y antimilitarista con una generalizada convicción sobre la necesidad de justicia sobre los crímenes de las Fuerzas Armadas – ni mucho menos concebidos como crímenes masivos por la violación sistemática de derechos humanos –.

El escenario democrático

  • 17 Aboy Carlés, op. cit.

26Aunque las expectativas y las encuestas recaían sobre Italo Lúder – candidato justicialista –, el 30 de octubre Alfonsín fue elegido presidente. Su campaña electoral había estado fuertemente centrada en el tema de los derechos humanos, pero probablemente fue, además de su carisma personal, su discurso refundacional en torno a la democracia como valor ético superior reconstituyente de la comunidad política lo que conformó su caudal político. El nuevo gobierno asumió con la democracia como promesa de futuro reparador y como automática ruptura con el «pasado inmoral» y de «violencia»17.

27Sus primeras medidas fundamentales fueron la anulación de la amnistía por insanablemente nula (Ley 23.040, 22/12/83); los decretos de persecución penal de las «cúpulas terroristas» y juzgamiento de las primeras juntas militares (Decretos 157 y 158, 13/12/83); la creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) para investigar sobre los desaparecidos; y la reforma del Código de Justicia Militar para juzgar los delitos militares por sus propios tribunales con posibilidad de apelación a la justicia civil (Ley 23.049, 9/2/84). Al presentar estas medidas, a los pocos días de asumir, señaló:

El pasado gravita sombríamente sobre nuestro porvenir: las violaciones extremadamente aberrantes de los derechos que hacen a la esencia de la dignidad humana en que incurrieran el terrorismo y la represión de ese terrorismo no pueden quedar impunes. Esa impunidad significaría claudicar frente a principios éticos fundamentales, poniendo en peligro la prevención de futuras violaciones. La convicción de que es necesario hacer justicia con quienes, desde uno y otro lado, han tomado a los hombres como meros objetos manipulables para obtener ciertos fines, implica que [la amnistía] debe derogarse. (TA, 14/12/83)

28La mayoría de las medidas estaba orientada a garantizar la investigación de los crímenes militares y su juzgamiento y, en menor medida, a actuar por igual frente a la responsabilidad del otro «demonio» – la subversión –. En particular, los Decretos 157 y 158 ordenaron la persecución penal de las cúpulas de la guerrilla y el procesamiento judicial de las primeras juntas militares del Proceso – en ese orden –. Estas disposiciones eran portadoras de aquella lectura del pasado que suponía que la responsabilidad por lo sucedido en la Argentina era el resultado de dos violencias enfrentadas y equiparables – el terrorismo o la subversión y, luego, en respuesta, la violencia represiva de las Fuerzas Armadas que habría respondido con los mismos métodos terroristas –.

  • 18 Senador Vidal, Movimiento de Integración y Desarrollo (Diario de Sesiones de la Cámara de Senadore (...)
  • 19 Por falta de espacio no podemos detenernos en las diversas posiciones partidarias e individuales d (...)

29La amnistía militar fue finalmente declarada nula por unanimidad en la primera sesión del congreso, el 16 de diciembre de 1983. La gran mayoría de los parlamentarios estaba a favor de ello por razones morales, jurídicas y políticas y justamente por su carácter de autoamnistía. Sin embargo, aun aceptando este consenso centrado en la nulidad por autoamnistía – que era mayoritario, pero no absoluto –, lo que reiteradamente se pedía era, por ejemplo, el «esclarecimiento y sinceramiento» para «los excesos cometidos en la lucha contra la subversión»18. Incluso en las voces más claras de condena del terrorismo de estado y rechazo de todo perdón –como algunas del bloque justicialista– no aparecían casi lecturas alternativas al esquema bipolar ni mucho menos que cuestionaran el principio básico del carácter legal de la represión realizada desde el Estado19.

  • 20 Garaño, S., Werner, P., Detenidos-aparecidos. Presas y presos políticos de Trelew a la dictadura, (...)
  • 21 Lastra, S., Los retornos del exilio en Argentina y Uruguay Una historia comparada de las políticas (...)

30Otra decisión importante de Alfonsín fue no liberar a los presos políticos que aún estaban en la cárcel en 1983. El gobierno consideraba que el poder militar aún era muy fuerte y que una liberación colectiva tendría efectos desestabilizantes20. Sin embargo, también estaba presente el recuerdo de la amnistía de 1973 y la preocupación por desactivar toda posibilidad de reaparición de grupos insurreccionales (Decreto 157). A pesar de sucesivas tensiones sobre el tema, los últimos presos recién fueron liberados en 1986. En la misma línea, tampoco se levantaron los obstáculos legales para el retorno de los exiliados que tenían causas pendientes por terrorismo o delitos contra la seguridad nacional, e incluso se dejó que la justicia siguiera operando con los mismos parámetros y procesos abiertos, por lo cual muchos exiliados fueron detenidos a su regreso al país21.

  • 22 Acuña y Smulovitz, 1995; Galante, 2014.

31Lo cierto es que la política de justicia de Alfonsín en relación con las violaciones a los derechos humanos tomó caminos no previstos por el mandatario. El esquema original era el de una justicia «ejemplar», acotada a las cúpulas castrenses que permitiera hacer juicios de una duración limitada y un número restringido de inculpados, según el mencionado esquema de responsabilidades. Junto con ello, el primer objetivo de Alfonsín era una «autodepuración» de las Fuerzas Armadas a través del juzgamiento en sus propios tribunales militares. Por su parte, un sector del peronismo y los organismos de derechos humanos exigía directamente tribunales civiles y la formación de una comisión parlamentaria y bicameral para investigar los delitos. Alfonsín y sus asesores temían que los juicios civiles pusieran en auténtico peligro la continuidad de la democracia por la explosividad de la situación militar22.

  • 23 Crenzel, E., La historia política del Nunca Más, Buenos Aires, Siglo XXI, 2008.

32Mientras tanto, la verdad que mostró la investigación de la CONADEP – cuyo informe final, el Nunca Más, fue presentado en octubre de 1984 y publicado como libro semanas después – mostraba el carácter institucional y sistemático del sistema de desaparición forzada de personas y el carácter atroz de los crímenes cometidos. Todo ello puso en cuestión las nociones de «errores» y de «excesos» e impulsó a ampliar la investigación más allá de quienes habían dado las órdenes represivas23.

  • 24 Canelo, 2006.

33Por su parte, el tribunal militar – el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas se expidió indicando que no presentaría sentencia alguna y ratificando que las órdenes emitidas por las máximas autoridades militares eran inobjetables y que cualquier falta habría sido por ausencia de control sobre los subalternos, e incluso los ilícitos de éstos tampoco estaban probados. Ante esta respuesta, la Cámara Federal – la justicia civil – tomó la causa24. Ello llevó al célebre «Juicio a las Juntas» entre marzo y diciembre de 1985, que demostró la existencia de un plan criminal y condenó a prisión perpetua y altas penas a algunos – no todos – de los máximos responsables militares.

  • 25 Novaro y Palermo, 2003, p. 486.
  • 26 También es cierto que manifestaciones como la «Marcha por la vida», convocada por los organismos d (...)
  • 27 Feld y Franco, en prensa.

34Algunas lecturas retrospectivas han señalado que después de la derrota en Malvinas, la invocación de la subversión dejó lugar al repudio de la represión ilegal y al terrorismo de estado y que desde entonces, en el contexto de la transición, «la condena moral de la represión se extendió como un macizo sentimiento que excedía toda consideración política e ideológica, abarcando a una amplísima mayoría»25. Para estos autores, esta transformación se habría producido entre 1981 y 1982, y lo que antes se había llamado «guerra sucia» ahora era «represión» y «terrorismo de estado», y los «subversivos» previos pasaron a ser «militantes» y «víctimas»26. No obstante, los elementos aquí analizados dejan ver que si bien es cierto que creció el conocimiento y rechazo social de las violaciones a los derechos humanos y que el movimiento por los derechos humanos avanzó en construir nuevas representaciones sobre lo sucedido, ese proceso fue mucho más lento y matizado de lo que se recuerda. La casi ausencia del «problema de los desaparecidos» en las opiniones sociales a fines de 1982 es un dato elocuente. En los últimos tiempos de la dictadura y en el primer año del nuevo gobierno, la condena de la represión existió, sin duda, pero el término convivía con una variedad de sentidos diversos y no necesariamente tenía el significado que hoy le damos – después de décadas de conocimiento acumulado sobre lo que fue el terrorismo de Estado y de deconstrucción política y judicial del discurso militar de la «guerra sucia» –. Por ello, creemos que la condena de la represión fue más relativa, para muchos se vinculaba a sus métodos o «excesos», solo a veces a su naturaleza ilegal y sistemática, y en buena medida, aún para quienes condenaban los crímenes cometidos, la crítica no llegaba a poner en cuestión la potestad represiva del Estado encauzada en la lucha antisubversiva. Por tanto, cualquier visión sobre la amplitud y profundidad de la condena de la violación a los derechos humanos y del terrorismo de Estado – tal como hoy lo entendemos en cuanto a un crimen atroz, masivo, sistemático, sobre toda la población e incomparable a cualquier otro cometido por particulares –, es más tardía, y debe vincularse, probablemente, con la escena abierta a partir del Nunca Más, el trabajo de la CONADEP y el «Juicio a las Juntas», más que con el derrumbe de la dictadura y el inicio del proceso democrático en sí mismo27.

35Así, la complejidad de este primer período de la posdictadura se expresa en las continuidades de sentido, en la convivencia de lecturas diversas, a veces aparentemente contradictorias, donde los propios actores fueron modelando sus posiciones e interpretaciones como resultado del proceso político y judicial y de las relaciones de fuerza a largo de él. En ese sentido, aunque Alfonsín tuviera una clara postura de condena a las violaciones a los derechos humanos y a la «represión ilegal» de las Fuerzas Armadas – hemos mostrado como desde 1982 fue el dirigente político más duro en su convicción sobre la necesidad de justicia –, ello convivió con las tensiones de su lectura binaria sobre la violencia, tanto en su discurso como en algunas de sus políticas de gobierno.

Conclusiones

  • 28 Sobre la convicción en la legitimidad de la represión y la lucha antisubversiva antes de 1976, véa (...)

36A diferencia de otros enfoques que narran el proceso final de la dictadura y los primeros tramos del gobierno democrático como un camino cuasi lineal y ascendente de transformación en la esfera pública y en los consensos sociales en favor de la justicia, la condena de la represión y de las violaciones hacia los derechos humanos, este trabajo trató de mostrar que se trató de un cambio más paulatino, irregular, plagado de continuidades en las antiguas representaciones sobre la violencia y la legitimidad de la represión. De otra manera, ¿cómo pensar que la percepción sobre la necesidad de la lucha antisubversiva y la represión estatal, que había contado con amplísimos apoyos sociales y políticos desde antes del golpe de Estado de 1976 y que fuera la base fundamental e inconmovible del apoyo al gobierno dictatorial durante siete años, iba a desaparecer tan rápidamente de las percepciones sociales y los discursos públicos?28

37A su vez, como muestran algunos elementos analizados, el cambio de representaciones en favor de los derechos humanos y la condena de la represión también se venía gestando desde antes. Pero no fue una mera transformación por el crecimiento y mayor visibilidad de la denuncia de los crímenes en un marco de menos censura y de derrumbe del poder militar – como implícitamente parecen sugerir ciertos análisis-, sino que fue parte de un clima general antidictatorial y antimilitarista que incluyó –paulatinamente y para capas sociales progresivamente más amplias- el descubrimiento de la represión atroz como hecho condenable y meritorio de responsabilidades penales. A ese clima y al proceso que llevó a la justicia contribuyeron no sólo la lucha de los organismos de derechos humanos y sus denuncias y la voluntad de figuras políticas como Alfonsín sino, también, el propio cierre de filas de la corporación militar, que una y otra vez, optó por negar cualquier información y cualquier elemento para construir la tan ansiada «verdad» demanda por los afectados y algunos sectores políticos. Ante ese silencio y la reconfirmación de la legitimidad y legalidad de lo hecho, repetida una y otra vez, el camino que se fue construyendo fue el de la justicia. Esa justicia fue posible, entonces, no sólo por las condiciones de una transición por derrumbe donde las Fuerzas Armadas no tenían poder de negociación alguno, sino también, y en forma complementaria, debido a una transición donde la institución castrense se mostró fuerte para no negociar ni reconocer responsabilidad real en aquello que había sido su misión fundamental: el aniquilamiento de la subversión.

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Bibliografia

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Notas

1 Sobre la noción de «transición a la democracia» como horizonte de expectativas y como concepto de época, véase Lesgart, C., Usos de la transición a la democracia, Rosario, Homo Sapiens, 2003.

2 O’Donnell, G., Schmitter; Ph., Whitehead, L., Transiciones desde un gobierno autoritario. América Latina, Bueno Aires, Paidós, 1988. Por razones de espacio este texto presenta la bibliografía mínima para cada tema.

3 Novaro, M., Palermo, V., La dictadura militar 1976-1983, Buenos Aires, Paidós, 2003; González Bombal, I., «Nunca Más. El juicio más allá de los estrados», in Acuña, Carlos et al. (edit.), Juiciocastigos y memorias. Derechos humanos y justicia en la política Argentina, Buenos Aires, Nueva Visión, 1995, p. 193-216.

4 Aboy Carlés, G., Las dos fronteras de la democracia argentina. La redefinición de las identidades políticas de Alfonsín a Menem, Rosario, Homo Sapiens, 2001.

5 Son excepciones parciales Acuña, C. y Smulovitz, C., «Militares en la transición argentina: del gobierno a la subordinación constitucional», en Acuña, Carlos, et al., 1995; Canelo, P., «La descomposición del poder militar en la Argentina. Las Fuerzas Armadas durante las presidencias de Galtieri, Bignone y Alfonsín (1981-1987)», in Pucciarelli, A., Los años de Alfonsín, Buenos Aires, Siglo XXI, 2006, p. 65-114. Nos interesa aquí una mirada que amplíe la reflexión sobre la contingencia en términos temporales y temáticos.

6 Quiroga, H., El tiempo del proceso. Conflictos y coincidencias entre políticos y militares, 1976-1983, Rosario, Homo Sapiens, 2004.

7 Galante, J., El «juicio a las juntas militares». Derechos humanos, memoria y ciudadanía en la argentina (1983-2013), tesis doctoral, Universidad de Buenos Aires, 2014.

8 Feld, C., Franco, M., «Democracia y derechos humanos en 1984 ¿“hora cero”?», in Feld, C. y Franco, M. (edit.), Democracia, Hora cero. Actores, políticas y debates en los inicios de la posdictadura, Buenos Aires, FCE, en prensa.

9 En 1989 y 1990, el presidente justicialista Carlos Menem decretó una serie de indultos que liberaron, entre otros, a los militares condenados por el Juicio a las Juntas Militares.

10 Bonnin, J. E., «Los discursos sobre la «reconciliación»: variaciones en torno al perdón, la verdad y la justicia», in Feld y Franco (edit.), en prensa.

11 Tiempo Argentino comenzó a salir en noviembre de 1982, se definió como «católico» y respetuoso de las libertades y el orden legal (TA, 17/11/83). A partir del triunfo de Alfonsín, tomó un rol oficialista. Durante el periodo analizado fue proclive a la reconciliación bajo auspicio de la Iglesia Católica y tematizó con insistencia sobre el «problema de los desaparecidos».

12 Jelín, E., «Certezas, incertidumbres y búsquedas: el movimiento de derechos humanos en la transición», en Feld y Franco (edit.), en prensa.

13 Se trata de un conjunto de documentos muy grande hallado en octubre de 2013 y que comprende las Actas de las reuniones periódicas de la Junta Militar entre 1976 y 1983 y documentos internos de la Fuerza Aérea.

14 Franco, M., «El complejo escenario de la disolución del poder militar en la Argentina: la autoamnistía de 1983», Contenciosa, nº 2, 2014.

15 Sobre la importancia de las conflictos intramilitares a lo largo de la dictadura y la cohesión en torno a la represión, Canelo, Paula, El proceso en su laberinto, Buenos Aires, Prometeo, 2008.

16 Estas consideraciones generales excluyen la crítica sustantiva de los organismos de derechos humanos y algunas fracciones partidarias. Si bien sería imprescindible discriminar en detalle, las líneas aquí consagradas a los partidos los consideran como actor conjunto en relación con las Fuerzas Armadas y pretenden indicar problemas a pensar más que resolverlos.

17 Aboy Carlés, op. cit.

18 Senador Vidal, Movimiento de Integración y Desarrollo (Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores, 22 de diciembre 1983: 150 y ss).

19 Por falta de espacio no podemos detenernos en las diversas posiciones partidarias e individuales durante el debate (Cf. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, 16 de diciembre de 1983).

20 Garaño, S., Werner, P., Detenidos-aparecidos. Presas y presos políticos de Trelew a la dictadura, Buenos Aires, Biblos, 2007, p. 276.

21 Lastra, S., Los retornos del exilio en Argentina y Uruguay Una historia comparada de las políticas y tensiones en la recepción y asistencia en las posdictaduras (1983-1989), tesis doctoral, Universidad Nacional de La Plata, 2014.

22 Acuña y Smulovitz, 1995; Galante, 2014.

23 Crenzel, E., La historia política del Nunca Más, Buenos Aires, Siglo XXI, 2008.

24 Canelo, 2006.

25 Novaro y Palermo, 2003, p. 486.

26 También es cierto que manifestaciones como la «Marcha por la vida», convocada por los organismos de derechos humanos y realizada en octubre de 1982, tuvieron un carácter masivo (Clarín, 7/6/83) y que tras el documento final y la autoamnistía se sucederían varias marchas importantes de repudio.

27 Feld y Franco, en prensa.

28 Sobre la convicción en la legitimidad de la represión y la lucha antisubversiva antes de 1976, véase Franco, M., Un enemigo para la nación, Buenos Aires, FCE, 2012; durante el período dictatorial Quiroga, 2004.

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Para citar este artigo

Referência do documento impresso

Marina Franco, «La «transición a la democracia» en la Argentina frente a las cristalizaciones de la memoria»Caravelle, 104 | 2015, 115-131.

Referência eletrónica

Marina Franco, «La «transición a la democracia» en la Argentina frente a las cristalizaciones de la memoria»Caravelle [Online], 104 | 2015, posto online no dia 06 outubro 2015, consultado o 28 março 2024. URL: http://journals.openedition.org/caravelle/1602; DOI: https://doi.org/10.4000/caravelle.1602

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